El consejo Comunal
El Consejo Comunal es la instancia de participación,
articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias,
grupos sociales y, los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo
organizado, ejercer directamente la gestión de políticas públicas y proyectos
orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de la comunidad en la
construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
"Comunidad es El Conglomerado Social de Familias,
Ciudadanas y Ciudadanos que habitan en un área geográfica determinada, que
comparten una historia e intereses comunes, se relacionan entre sí, usan los
mismos servicios públicos y comparten necesidades y potencialidades".
Los
voceros y voceras: Es la persona electa mediante proceso de elección
popular, a fin de coordinar el funcionamiento del consejo comunal, la
instrumentación de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Comités
de Trabajos: Es el Colectivo o Grupo de personas organizadas para
ejercer funciones específicas y atender las necesidades de la comunidad en las
distintas áreas de trabajo y así desarrollar las aspiraciones y potencialidades
de su comunidad. Está integrado por un mínimo de tres integrantes y serán
voceros o voceras las que se postulen ante la Comisión Electoral y sean electas
por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.
Estructura de los Consejos Comunales
Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas: Máxima instancia de participación y decisión de la
comunidad organizada, conformada por la integración de personas con cualidad
jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el ejercicio
directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter
vinculante para la comunidad, las distintas formas de organización, el gobierno
comunal y las instancias del Poder Público, de acuerdo a lo que establezcan las
leyes que desarrollen la constitución, organización y funcionamiento de los
autogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de éstos
surjan.
Colectivo de Coordinación Comunitaria: Es la instancia de articulación, trabajo conjunto y funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la Unidad Ejecutiva, Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y la Unidad de Contraloría Social del Consejo Comunal.
Unidad Ejecutiva: Es la instancia del Consejo Comunal encargada de promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y populares en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comités y de las áreas de trabajo.
Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria: es la instancia del Consejo Comunal que funciona como un ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas.
Unidad de Contraloría Social: es la instancia del Consejo Comunal para realizar la evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia de las actividades, recursos y administración de los fondos del Consejo Comunal. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad electos o electas, a través de un proceso de elección popular.
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